nuestro estatuto

El legado que impulsa nuestro presente y proyecta nuestro futuro

ESTATUTO

SOCIEDAD PERUANA DE ENFERMERAS EN GASTROENTEROLOGÍA Y ENDOSCOPIA GASTROINTESTINAL

TÍTULO I : DENOMINACIÓN, DURACIÓN Y DOMICILIO

Artículo 1°.-
La Sociedad Peruana de Enfermeras en Gastroenterología y Endoscopía Gastrointestinal es una asociación civil sin fines de lucro, de carácter científico y profesional, que se rige por el presente Estatuto y el Código Civil vigente.

Artículo 2°.-
La duración de la asociación es indefinida. Tendrá personería jurídica desde su inscripción en los Registros Públicos de Lima.

Artículo 3°.-
El domicilio legal de la Asociación es la ciudad de Lima.

TÍTULO II: DE LOS FINES Y OBJETIVOS

Artículo 4°.-
Son fines de la Asociación:

Agrupar a las enfermeras que laboren en el campo de gastroenterología y unidades endoscópicas.

Promover actividades que aumenten la capacitación y el desarrollo del área en los aspectos asistenciales, administrativos, docentes y de investigación.

Promover la relación e intercambio científico con otras sociedades nacionales y extranjeras.

Actualizar y divulgar nuevos procedimientos endoscópicos y unificar criterios en la atención de enfermería mediante protocolos.

Promover la publicación de revistas científicas que difundan las actividades de la asociación.

Fomentar el intercambio profesional con entidades análogas y científicas.

Obtener ante el Colegio de Enfermeros del Perú el reconocimiento de la especialidad.

TÍTULO III: DE LOS ASOCIADOS

Artículo 5°.-
Podrán ser asociados:

a) Fundadores
b) Titulares
c) Honorarios
d) Corporativos

Artículo 6°.-

  • Fundadores: quienes suscribieron el acta de constitución.

  • Titulares: enfermeras(os) colegiados que acrediten labor en unidades endoscópicas o servicios de gastroenterología.

  • Honorarios: quienes por sus méritos sean reconocidos por la Asamblea General.

  • Corporativos: personas naturales o jurídicas que contribuyan significativamente a los fines de la asociación.

Requisitos de admisión

  • Solicitud escrita dirigida al Presidente.

  • Declaración de compromiso con el Estatuto.

  • Acreditar ejercicio profesional en gastroenterología/endoscopía.

  • Copia de título profesional y constancias correspondientes.

Derechos de los asociados

  • Asistir a asambleas.

  • Participar con voz y voto.

  • Elegir y ser elegidos.

  • Presentar propuestas y proyectos.

Obligaciones

  • Cumplir el Estatuto.

  • Acatar acuerdos de Asamblea y Consejo Directivo.

  • Asistir a asambleas convocadas.

  • Colaborar con los fines institucionales.

Pérdida de la calidad de asociado

  • Renuncia escrita.

  • Exclusión por incumplimiento.

  • Atentar contra los fines de la asociación.

  • Fallecimiento.

TÍTULO IV: DEL PATRIMONIO

Artículo 12°.-
El patrimonio está constituido por:

  • Aportes y cuotas de asociados.

  • Donaciones y legados.

  • Bienes muebles e inmuebles adquiridos.

  • Ingresos por actividades institucionales.

Artículo 13°.-
Los recursos serán destinados exclusivamente a los fines de la asociación y no serán distribuidos entre los asociados.

TÍTULO V: DE LOS ÓRGANOS DE LA ASOCIACIÓN

Son órganos de la Asociación:

La Asamblea General

El Consejo Directivo

CAPÍTULO I: DE LA ASAMBLEA GENERAL

Es el órgano supremo de la asociación.

Funciones principales:

  • Elegir Consejo Directivo.

  • Aprobar cuentas y balances.

  • Modificar estatutos.

  • Acordar disolución.

  • Resolver apelaciones de exclusión.

La convocatoria se realizará con mínimo siete días de anticipación.

Las decisiones se adoptan por mayoría simple, salvo casos especiales.

CAPÍTULO II: DEL CONSEJO DIRECTIVO

Es el órgano permanente y responsable de la conducción de la asociación.

Duración: 2 años.

Está conformado por:

  • Presidente

  • Vicepresidente

  • Secretario General

  • Tesorero

  • Secretario de Actividades Científicas

  • Cuatro Vocales

Atribuciones del Consejo Directivo

  • Ejecutar acuerdos de la Asamblea.

  • Administrar el patrimonio.

  • Elaborar planes y programas.

  • Presentar memoria anual y balance.

  • Resolver casos previstos en el Estatuto.

Atribuciones del Presidente

  • Representación legal.

  • Convocar y presidir sesiones.

  • Suscribir documentos oficiales.

  • Firmar conjuntamente con el Tesorero documentos financieros.

Funciones del Secretario General

  • Custodiar documentación.

  • Llevar libro de actas.

  • Redactar acuerdos.

Funciones del Tesorero

  • Llevar contabilidad.

  • Preparar balance anual.

  • Cobrar cuotas.

  • Manejar cuentas bancarias con el Presidente.

Funciones del Secretario de Actividades Científicas

  • Promover el desarrollo académico.

  • Coordinar actividades científicas.

  • Establecer vínculos institucionales.

Funciones de los Vocales

  • Apoyar el cumplimiento de objetivos.

  • Representar a la institución en actividades.

TÍTULO VI: DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN

La asociación podrá disolverse por acuerdo de Asamblea General.

En caso de liquidación, los bienes no podrán distribuirse entre los asociados. Serán destinados a una institución con fines similares.

DISPOSICIONES FINALES
  • Se establece como fecha de fundación el 25 de mayo.

  • Los fundadores constituyen el primer Consejo Directivo.

La enfermería es más que una profesión.
Es vocación, conocimiento y compromiso con la vida.

Somos la Sociedad Peruana de Enfermeras en Gastroenterología y Endoscopía Gastrointestinal.
Una asociación científica y cultural, sin fines de lucro,
que une a las enfermeras que trabajan en el cuidado digestivo y endoscópico en el Perú.

Testimonio

«Ser parte de SPEGE me ha permitido fortalecer mis competencias en gastroenterología y endoscopía, actualizarme constantemente y formar parte de una comunidad comprometida con la excelencia y el cuidado humanizado.»

Lic. Enfermera asociada a SPEGE

«Ingresar a SPEGE marcó un antes y un después en mi desarrollo profesional. Hoy me siento más segura, actualizada y respaldada por una comunidad científica comprometida con la excelencia en enfermería gastroenterológica.»

Lic. Enfermera asociada a SPEGE

«Ser parte de SPEGE me ha permitido crecer, capacitarme continuamente y compartir experiencias con colegas que elevan el estándar del cuidado en endoscopía gastrointestinal.»

Lic. Enfermera asociada a SPEGE

Forma Parte de la Enfermería Especializada en Gastroenterología

Integra una comunidad científica comprometida con la actualización permanente, la excelencia profesional y el cuidado humanizado del paciente.

Accede a eventos académicos, capacitaciones exclusivas, recursos especializados y una red nacional de enfermeras líderes en endoscopía y gastroenterología.

 

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